La
respuesta por el momento, sin novedad. De acuerdo con la Ley de Ingresos de la
Federación para éste ejercicio que arranca, en 2013 se mantienen las mismas
tasas para el cálculo del ISR de las personas morales, así como las mismas
tarifas para las personas físicas, tanto para pagos provisionales como de
declaración anual que estuvieron vigentes durante el ejercicio fiscal 2012, es
decir, la Tasa del 30% y la tarifa progresiva para personas físicas que tiene como
máximo ese mismo 30% (según lo marca el
Art. 2° Transitorio de DVT 2010 LISR). Sin embargo, la cosa no es tan simple,
tiene mucho más fondo del que parece.
La
Tasa de ISR vigente en México de acuerdo con el Art. 10 de la Ley del Impuesto
Sobre la Renta es del 28%, eso dice la Ley en su articulado, pero como en
nuestro país pasa de todo, nuestras autoridades decidieron aumentar la tasa de
forma “temporal” (sin modificar el texto de Ley) en los ejercicios 2010, 2011 y
2012 al 30% con el fin de apuntalar las finanzas públicas, ello a través del
artículo transitorio citado anteriormente.
El
mismo artículo transitorio estipula que para el ejercicio 2013 la tasa del ISR
debería bajar al 29% y eventualmente en 2014 (si nada más se les ocurría)
volver al 28% que establece la Ley. Con la llegada de la nueva administración,
contrario a lo estipulado, se mantiene la tasa del 30%, eso sí, bajo la promesa
de que este año por fin tendremos una reforma fiscal integral que modernice
nuestro sistema tributario.
En
realidad los cambios sustanciales de 2013 no están en las tasas, si no en la
forma de tributar y comprobar las operaciones que efectuamos en nuestros
negocios, de lo cual les iré hablando en las próximas semanas. Así que amigos
empresarios y emprendedores, ahora ya están actualizados y saben que la Tasa de
ISR en 2013 seguirá siendo del 30%, ello para que lo tengan en cuenta a la hora
de tomar decisiones en sus negocios.
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