Desde
el punto de vista legal, la mora es el aplazamiento del pago de una deuda
vencida. Se cumple legalmente a los 91 días naturales, posteriores a la última
fecha de corte sin pago.
Clasificación del deudor con el tipo de
nivel
Deudor,
tiene deudas menores a 40% de ingresos brutos. Paga en tiempo y forma y no
tiene atrasos.
Moroso,
tiene deudas mayores a 40% de ingresos brutos. Está atrasado en pagos de una ó
más deudas.
Antes
que dejes de contestar el teléfono, comiences a esconderte y busques mudarte
por temor al acecho de los despachos de cobranza, es posible encontrar una
solución a tus deudas.
¿Cómo
resolverlo?
Para
los que todavía pueden pagar lo
que deben, o que no han cumplido los tres meses para que la cifra se considere
como mora legal, la recomendación es que identifiques tu ingreso disponible
-que es esa cantidad que te queda luego de que ya restaste todos los gastos
fijos que haces al mes-, y la fuente de tus deudas, reorganiza tu presupuesto
para juntar una cantidad 30% más del pago mínimo de todas tus deudas en
conjunto.
En
el caso de que tengas varias deudas, ¿cuál liquidas primero? ¿la más chica o la
de más intereses? Lo recomendable
es que escojas la más chica porque será la que más rápido podrás pagar,
lo que te permitirá pasar lo que pagabas en ésta a la siguiente, y así
sucesivamente.
En
el caso de que ya no puedas pagar, tendrás que acudir con la institución, o
instituciones bancarias a las que les debes, para negociar una forma de pago
que sí te permita liquidar la cantidad que adeudas o quizá puedas acercarte a
una reparadora de crédito que pueda ayudarte a liquidar tus deudas y conseguir
una tasa más baja de la que tú podrías negociar.
Considera
que a partir del día 91 los acreedores tienen ya herramientas jurídicas para
buscar tu pago, el primer paso que suelen tomar las instituciones bancarias es
la búsqueda de una negociación con el cliente. Así que es posible que te
acerques para buscar una buena negociación.
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